Entiéndase por transferencia internacional el acto por medio del cual, un club, que pertenece a una asociación denominada asociación de origen, transfiere los derechos deportivos de un futbolista profesional a otra, denominada nueva asociación de forma temporal o definitiva. Para todos los casos, este acuerdo debe contar con el consentimiento y autorización expresa del jugador.
En todos los eventos en los que se transfieran derechos deportivos de un jugador que posea un carácter internacional, se deberán tener en cuenta dos mecanismos instituidos por FIFA:
1. SISTEMA DE CORRELACIÓN DE TRANSFERENCIAS (ITMS).
El sistema de correlación de transferencias “International Transfer Matching System”, es un instrumento tecnológico aprobado por la FIFA durante el congreso anual número 57, desarrollado en el año 2007, que permite registrar en una misma herramienta tecnológica vía web, toda la información relacionada con las asociaciones, clubes y jugadores que participen en una transferencia internacional.
El acceso al sistema, solo lo podrán hacer las federaciones y clubes inscritos al órgano rector del futbol mundial a través de un usuario y clave único. Por un lado los clubes serán los obligados en primera instancia de registrar toda la información relacionada con el jugador de acuerdo al formulario del sistema, así como adjuntar los demás documentos relacionados con la transferencia como el pasaporte, contrato de trabajo y acuerdo de traspaso, entre otros. Por el otro, las federaciones tendrán un papel de actualización de la información registrada y de verificación y control en el cumplimiento de la información enviada por el club a través de la plataforma.
Con este instrumento se unifica los datos deportivos en un solo lugar recolectando la mayor cantidad de información para que pueda ser consultada en cualquier momento por todas las asociaciones y clubes en aras de aumentar la transparencia e integridad en estos procesos deportivos. Por otro lado, se pretende proteger los derechos de los deportistas menores de edad cuando se trasladan de una asociación a otra, por ser en principio, una operación prohibida conforme a las disposiciones establecidas por FIFA.
El máximo organismo del futbol mundial, estableció como requisito obligatorio utilizar esta herramienta cuando se trate de una transferencia de carácter internacional so pena de las sanciones disciplinarias y económicas para los clubes y asociaciones en su incumplimiento y en ningún caso deberá registrarse información sobre aquellos jugadores que posean la condición de no profesionales.
Finalmente el principal propósito de esta herramienta es solucionar problemas del pasado relacionados con la escasa información obtenida por FIFA y las confederaciones en las transferencias internacionales ya que no existía información consolidada, unificada y verificable y por último, contribuir en la transparencia y protección de los derechos de jugadores y clubes.
2. CERTIFICADO DE TRANSFERENCIA INTERNACIONAL CTI.
El Certificado de Transferencia Internacional, también denominado como “transfer”, es prácticamente la habilitación formal para que el futbolista profesional pueda participar formalmente en cualquier competición oficial con su nuevo Club.
Cuando un Club adquiere los derechos deportivos de un futbolista profesional que se incorpora proveniente del extranjero, deberá cumplir con los siguientes formalidades para obtener el CTI: adicionalmente inscribirlo ante la respectiva federación deberá solicitar el mencionado «transfer internacional» (CTI), se deben cumplir ciertos requisitos.
Estar debidamente inscrito en el ITMS anexando el contrato de trabajo firmado entre todas las partes, la existencia de un documento que demuestre que existe el finiquito de contrato del jugador con el Club anterior y, presentar el visado laboral del jugador en el país del nuevo club.
Una vez cumplido este paso, la Liga o Asociación donde el jugador estuvo por última vez deberá confirmar la transacción con el Club de destino y verificar que no haya ninguna disputa contractual entre el club de origen y el jugador. Si la confirmación resulta positiva, la Asociación de origen deberá enviar el CTI o transfer a la Asociación donde pertenece el Club de destino y adjuntar una copia de éste a la FIFA con el propósito de adelantar el procedimiento de inscripción formal a la nueva asociación y obtener el derecho de participar en todas las competiciones oficiales.
En los casos en donde exista conflictos por resolver entre el club anterior y el jugador, la Asociación de este club, no expedirá el CTI hasta tanto no sean resueltas dichas controversias. Como mecanismo para no vulnerar derechos laborales del jugador, se podrá solicitar ante el Juez Único de la Comisión del Estatuto del Jugador de FIFA, la expedición provisional del CTI con vigencia hasta el día que se expida el certificado definitivo.
La FIFA determina que el CTI se expedirá gratuitamente, sin condiciones ni plazos y cualquier disposición en contra se considerará nula y sin efecto. La asociación que expide el CTI tendrá que remitir una copia a la FIFA para su resguardo.